DISPOSITIVA
Una vez esgrimidos las razones de hecho y de derechos en la presente causa y su procedencia, este Tribunal Octavo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, como TRIBUNAL UNIPERSONAL, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CULPABLE al Acusado EDWIN JOSE UGAS LEAL, venezolano, natural de la Villa del Rosario del Estado Zulia, de 22 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Obrero, residenciado en el sector Amparo, avenida 24, con avenida principal, casa S/N, Villa del Rosario, Municipio Rosario de Perijá, del Estado Zulia. Y LO CONDENA a Cumplir la PENA de DOS (2) AÑOS Y OCHO (8) MESES DE PRISION, más las penas accesorias contenidas en la Ley, por la comisión del delito de DISTRIBUCION Y OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS. Previsto y sancionado en el ultimo aparte del articulo 31 de la LEY ORGANICA CONTRA EL TRAFICO ILICITO Y EL CONSUMO DE SU.....