Por los fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE CONTROL DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE:: PRIMERO: Admite totalmente la Acusación interpuesta ante este Tribunal en fecha 16-02-04 por la ciudadana Fiscal, ABOG. JOSEFA PINEDA ARMENTA, Fiscal especializada 37 del Ministerio Público y ratificada en este acto en contra del acusado adolescente (SE OMITE POR RAZONES DE CONFIDENCIALIDAD DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 545 DE LA LOPNA) suficientemente identificado como Coautor en la comisión del delito de 1.- ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el artículo 460 en concordancia con el artículo 80 todos del Código Penal, 2 - LESIONES INTENCIONALES DE CARACTER LEVE, previsto y sancionado en el artículo 418 en concordancia con el artículo 83 ordinal 3° todos del Código Penal, en calidad de COMPLICE, t.....