Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación de autos interpuesto los profesionales del derecho CESAR CALZADILLA, VICTOR RUJANO BAUTISTA y PAOLA ROSELYN MONTIEL RODRIGUEZ, en su condición de defensores privados de los ciudadanos 1.- ELVIS JAVIER LINARES ALBORNOZ, 2.- JESÚS ALBERTO CAMEJO VILLASMIL, 3.- DEISY COROMOTO ALBORNOZ ROJAS, 4.- YORBI JAVIER VILORIA PORTILLO, 5.- DALVIS JOSÉ SOTO VILLASMIL y 6.- EDEILIN DEL CARMEN ARTEGA SILVA.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión No. 044-17, de fecha 8 de Enero de 2017, dictada por el Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia Estadal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Zulia,
TERCERO; SE REVOCA únicamente en relación a la Medida de Coerción de privación jud.....