Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Única de la Corte Superior de la Sección de Adolescentes con Competencia en Delitos de Violencia Contra La Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: ADMISIBLE el Recurso de Apelación de Auto interpuesto por la abogada DEYANIRA SAEZ MARQUEZ, en su condición de Defensora Pública (A) Tercera para el Sistema Penal de Responsabilidad de Adolescente, adscrita a la Unidad de Defensa Pública del estado Zulia, actuando con el carácter de Defensora de los Adolescentes (IDENTIDAD OMITIDA conforme a los artículos 545 y 65 de la Ley Orgánica para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), en contra de la decisión No. 032-17, dictada en fecha 03 de enero de 2017 y publicado el in extenso en fecha 06 de enero de 2017, dictada por el Tribunal Primero en Funciones de Control Sección de Adolescentes del Circuito Judicial P.....