Se publicó la TOTALIDAD de la decisión dictada, en AUDIENCIA PRELIMINAR mediante el cual Se CONDENO a los ciudadanos MIGUEL FRANCISCO GUARATA URBINA, titular de la cédula de identidad Nº 26.445.050, JESÚS EDUARDO GONZALEZ AZOCAR, titular de la cédula de identidad Nº 14.254.168 y OSWALDO JOSE DIAZ PEÑALVER, titular de la cédula de identidad Nº 25.273.865, a cumplir la pena de: SEIS (06) MESES DE PRISION por la comisión de los delitos de HURTO CALIFICADO previsto y sancionados en el articulo 453, numerales 3, 4 y 9 del Código Penal -SE deja exprersa constancia que por cuanto la causa se encontraba bloqueada se esta diarizando el dia de hoy a los fines de alimentar el sistema juris.2000-