a) CON LUGAR la demanda de FIJACION DE OBLIGACION DE MANUTENCION, incoada por la ciudadana ELMA CAROLINA NAVA MORAN, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.18.007.182, domiciliada en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en contra del ciudadano NELSON DARIO FINOL BLANCO, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-17.806.524, y de igual domicilio, y en beneficio de las niñas LUISANA CAROLINA y MARIANA CAROLINA FINOL NAVA. Ahora bien para establecer el monto de la pensión de obligación de manutención este Juez Titular Unipersonal N º 1, atendiendo al Salario Mínimo Mensual vigente y a las necesidades de las niñas de autos; fija como pensión de obligación de manutención la cantidad mensual equivalente al 49,99 % del Salario Mínimo Nacional, en base a la fijación que del mismo haga el Gobierno Nacional y que actualmente asciende a la cantidad de MIL DOSCIENTOS VEINTITRES BOLIVARES CON NOVENTA Y SEIS CENTIMOS (Bs. 122.....