PRIMERO: SE HOMOLOGA el acuerdo celebrado entre la parte demandante ciudadana MARION SULBARAN, y la sociedad mercantil ADMINISTRADORA ADSS 2000 C.A., todos plenamente identificados en las actas procesales, pasándola en autoridad de cosa juzgada.
SEGUNDO: El Tribunal se abstiene de archivar el presente asunto hasta tanto conste en actas el pago total acordado por las partes en la presente transacción.
TERCERO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del fallo y por haberlo incluido en su acuerdo las partes.