Hoy, 16 de febrero de 2011, siendo las 9:00 a.m., oporunidad fijada para celebrar el acto conciliatorio; presentes los ciudadanos abogados TATIANA MUÑOZ, Inpreabogado: 96.070, en su condición de parte actora; y por la demandada Sociedad Mercantil, SEGURIDAD CASABLANCA C.A., y ciudadanos MARCOS LEOPOLDO GUTIERREZ RAMÍREZ Y FERNANDO BARALT GARCÍA, su apoderado judicial abogado JOANDERS HERNANDEZ, Inpreabogado: 56.872; todos amplia y suficientemente identificados en actas, quienes han llegado a un acuerdo por la cantidad de Bs. 2.000,00; por todos y cada uno de los conceptos reclamados en el Libelo de Demanda; cantidad a ser cancelada en fecha 18 de febrero de 2011, y por ante la Unidad de Distribución y Recepción de Documentos de este Circuito Judicial Laboral. El Tribunal visto que el acuerdo transaccional celebrado no vulnera derechos irrenunciables, ni normas de orden públi.....