Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos antes señalados en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
La homologación de la transacción celebrada en fecha trece (13) de enero de 2009, entre los ciudadanos LEONARDO ACOSTA, MILAGROS ELVIRA ARAUJO y el INSTITUTO INTEGRAL DE LA MUJER C.A., representada por su presidente, debidamente asistidos por la abogada en ejercicio, ciudadana MERCEDES SANOJA, por una parte, y por la otra, Sociedad Mercantil BANESCO Banco Universal C.A, representada por su apoderado DAVID MOUCHARFIECH, identificado en autos. Se procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
Se ordena expedir dos (2) copias certificadas del acuerdo, con inclusión del presente auto.