DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara el decaimiento de la acción por pérdida del interés procesal en el presente juicio.
Publíquese. Regístrese. Notifíquese. Archívese copia certificada de esta decisión, conforme a lo previsto en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, a los Dieciséis (16) días del mes de Febrero de Dos Mil Seis. 195º Años de la Independencia y 146º Años de la Federación, respectivamente.
... La Juez
Abog: GLORIMAR SOTO DE EL YABER
La Secretaria
Abog: FANNY L. RAMOS P.
En la misma fecha, siendo las Diez y Quince (10:15 a.m.) minutos de la mañana, se dictó y publicó la anterior decisión.
La Secretaria
Abog: FANNY L. RAMOS.....