Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se niega la admisión de la presente demanda, seguida por el ciudadano PEDRO ROBERTO GOMEZ GIL en contra de la empresa INVERSIONES TENREIRO & SALGADO ASOCIADOS SOCIEDAD CIVIL (INVTENSAL, S.C.)
SEGUNDO: No hay condenatorias en costas en virtud de la naturaleza de la decisión.