Este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, dándole cumplimiento a la presente comisión, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara formalmente EMBARGADO EJECUTIVAMENTE, el inmueble anteriormente identificado, todo hasta cubrir la cantidad de TRES MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y UN MIL CIENTO OCHENTA Y CINCO BOLIVARES (Bs. 3.331.185, 00), declarando consumada la desposesion jurídica del ejecutado.