Decreta EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor de ANGEL RAFAEL BERBIN GOMEZ, de nacionalidad venezolana, titular de la cedula de identidad N° 16.825.132, domiciliado en Las Piedras de Juan Griego, casa S/n, de Piedra Marrones con Portón de Aluminio, al lado de una casa de color Azul, cerca del Festejo Estrella Rojas, Juan Griego, Municipio Marcano del Estado Nueva Esparta,, de conformidad con el artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal PENAL.- TERCERO: Se ordena el cese de toda medida de coerción existente en contra del ciudadano ANGEL RAFAEL BERBIN GOMEZ, de conformidad con lo establecido en el artículo 319 del Código Orgánico Procesal Penal. Así mismo se acuerda oficiar a la Oficina de Alguacilazgo y al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas a los fines de actualizar los datos.- Quedan debidamente notificadas las partes de la presente decisión.-
Publíquese, Regístrese, Diarícese y cúmplase.