DECISIÓN
Por los argumentos de hecho y de derecho antes dilucidados, este Tribunal Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE la demanda que por motivo de COBRO DE BOLÍVARES POR CONCEPTO DE HONORARIOS PROFESIONALES Y COSTOS JUDICIALES intentaron los ciudadanos JUAN CAÑIZALEZ MÉNDEZ y ÁNGEL SEGOVIA CORONADO, en contra de la Sociedad Mercantil SENDAY MOTORS, C.A., todos ya identificados.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la decisión.
Publíquese y regístrese.
Déjese copia certificada por Secretaría de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 92, ordinales 3° y 9° de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Dada, firmada y sellada en la sala de este .....