Por las razones dichas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes el desistimiento de la acción en la solicitud de Separación de Cuerpos y Bienes presentada por los ciudadanos MARVIN ADOLFO RINCON CHACIN y DISANA DEL CARMEN CHIRINOS, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nos. V- 16.470.445 y V- 16.470.407, respectivamente, ambos domiciliados en este Municipio Miranda del Estado Zulia. Se dejan a salvo los derechos de terceros.
SEGUNDO: Se declara terminado el presente procedimiento, ordenándose el archivo del expediente una vez firme la presente decisión.
TERCERO: No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza de la presente decisión.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICA.....