Por los fundamentos antes expuesto este Juzgado Décimo de Primera Instancia Penal en funciones de Juicio Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda DEJAR SIN EFECTO ORDEN DE APREHENSIÓN que fuere dictada en contra de ciudadano RAFAEL ALEJANDRO RAMIREZ AÑEZ, titular de la C.I. 21.078.164, venezolano, natural de Maracaibo, de 27 años de edad, de estado civil concubino, de profesión u oficio Comerciante, hijo de Rafael Ramírez y Haide Añez, residenciado entre el barrio las Flores y el Barrio el Olvido del Municipio Maracaibo, Estado Zulia, por la presunta comisión del delito ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR CON CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES, cometido en perjuicio del ciudadano RICARDO JULIO MORALES FERRER, ordenándose librar los respectivos oficios a los organismos de seguridad.