Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos los ciudadanos ROSSANA DEL CARMEN MARCANO SALAZAR y ANDRES ELIAS QUIJADA RODRÍGUEZ, mayores de edad, venezolanos, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 16.546.884 y 16.035.688, respectivamente, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio José Ramón López, inscrito en el Inpreabogado bajo el No.167.539, fundamentada en el contenido del artículo 185-A del Código Civil. En consecuencia, se disuelve por Divorcio el vinculo conyugal contraído por los ciudadanos ROSSANA DEL CARMEN MARCANO SALAZAR y ANDRES ELIAS QUIJADA RODRÍGUEZ, en fecha dieciséis de mar.....