DISPOSITIVO
En mérito de las consideraciones expuestas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia por autoridad de la Ley, declara:
CON LUGAR: La solicitud de ampliación de la sentencia formulada por la representación judicial de la parte demandante, respecto del fallo dictado en el presente asunto por este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo, en fecha 13 de enero de 2009. En consecuencia: se condena a la Sociedad Mercantil HERRAMIENTAS PETROLERAS CALDERA, C.A. (HERPECA), a cancelar a los ciudadanos ORLANDO BENITO VILCHEZ, ORLANDO SEGUNDO VILCHEZ y ALEXANDER NAVA, la cantidad de TREINTA TRES MIL SESENTA Y CINCO BOLÍVARES CON CUATRO CÉNTIMOS (Bs. 33.065,4), por los conceptos y en forma indicada en al parte motiva del fallo.