DISPOSITIVO
En merito a lo precedentemente expuesto, este Juzgado de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: Se declara Con Lugar la presente demanda de cobro de bolívares vía intimación, interpuesta por la Sociedad Mercantil "HACIENDA SAN JUAN C.A"., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 30 de diciembre de 1.981, bajo el No 1, Tomo 59-A., representada por la ciudadana CARMEN BARBOZA, titular de la cédula de identidad No 4.150.281, en su cualidad de presidenta, contra la Sociedad Mercantil "AGROPECUARIA LA MALAGUEÑA C.A. (AGROLAMA), antes FINCA LA MALAGUEÑA C.A, Sociedad Mercantil inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 10 de noviembre de 1.986, bajo el No 15, Tomo 86-A,, representada por el ciudada.....