1°) LA PERDIDA DEL INTERÉS, en el marco de la solicitud de inspección judicial, propuesta la profesional del Derecho María Gabriela Puche Amesty, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 89.838, actuando con el carácter de apoderada judicial de la sociedad civil con forma mercantil Inversiones Marinas del Lago C.A (INMARLACA), inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, el 08 de junio de 2000, anotada bajo el número 35, tomo 26-A.
2º) NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS, dada la naturaleza del fallo.
Publíquese, regístrese y notifíquese. Déjese por Secretaría copia certificada del presente fallo, según lo previsto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil