IV
DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Estadal de la Jurisdicción Contencioso Administrativa de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Ser COMPETENTE, para conocer del presente Recurso por Abstención o en Carencia.
SEGUNDO: Se ADMITE el presente Recurso por Abstención o en Carencia.
Dada, firmada y sellada en la Sala del despacho del Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, En San Juan Bautista, a los quince (15) días del mes de Diciembre de 2017, Años 207° de la Independencia y 158° de la Federación.
LA JUEZA SUPLENTE,
Abg. JULIETA SALAZAR BRITO
EL SECRETARIO ACCIDENTAL,
Abg. CESAR SANABRIA JIMENEZ
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
EL SECRETARIO ACCIDENTAL,
Abg. CESAR SANABRIA JIMENEZ
Exp.....