Examinados los documentos acompañados y la norma ut supra transcrita, este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA
Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: QUE SON SUFICIENTES LOS DERECHOS QUE TIENE LA CIUDADANA YSMENIA MAVÁREZ BECERRIT, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad número V-2.824.024, domiciliada en esta ciudad de Cabimas del Estado Zulia, para ser declarada como ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del de-cujus ALEXIS RAMÓN MAVÁREZ, quien fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-7.966.093, como hijo de la solicitante anteriormente mencionada, salvo derechos de terceros. ASÍ SE DECLARA.
Expídanse las copias certificadas solicitadas y devuélvanse estas actuaciones en original a su solicitante en su oportunidad.