Con mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA y declara con lugar la solicitud de Revisión y Examen de la medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad presentada por el Abogado Ali Romero, procediendo en su carácter de defensor del acusado NUMA JOSÉ CONTRERAS MONTERO, natural de Caracas, Distrito Capital, Titular de la Cedula De Identidad Nº V- 6.919.091, de Profesión U Oficio Comerciante, casado, nacido en fecha 25/09/01968, de 41 años de edad, Domiciliado en Av. Francisco Narváez, casa N° 1, Urb. Complejo Plástico, Tacarigua, Municipio Gómez del estado Nueva Esparta, y en consecuencia, le impone medida cautelar de la contenida en el ordinal 1° del Articulo 256, consistente en la detención en su propio domicilio, ubicado en Av. Francisco Narváez, ca.....