MEDIACIÓN POSITIVA, que se logra en la prolongación de la audiencia preliminar, en la que se deja constancia que la empresa demandada previa revisión de los montos demandados verificó que existe diferencia de prestaciones sociales por la cantidad de DOCE MIL SESENTA Y CUATRO BOLÍVARES CON 04 CENTIMOS (Bs.12.064,04), la cual recompromete a pagar el dentro de un lapso de treinta días continuos.