ESTE JUZGADO PRIMERO DE EJECUCION DE LA SECCION DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley de conformidad con el articulo 647 literal "a" y "e", RESUELVE: PRIMERO: Declara Con Lugar la solicitud de la defensa y mantiene para el joven adulto(SE OMITE EL NOMBRE DEL JOVEN ADULTO SANCIONADO) y el adolescente sancionado (SE OMITE EL NOMBRE DEL ADOLESCENTE SANCIONADO) la sanción de IMPOSICIÓN DE REGLAS DE CONDUCTA, debiendo consignar la correspondiente CONSTANCIA DE ESTUDIOS. SEGUNDO: Se fija fecha próxima de revisión en relación al joven adulto (SE OMITE EL NOMBRE DEL JOVEN ADULTO SANCIONADO), para el día JUEVES (08) DE ENERO DE 2009, A LAS (11:15) DE LA MAÑANA, a los fines de proceder a la revisión del cumplimiento de las sanciones impuestas al joven adulto y adolescente de autos, de conformidad con lo establecido en el literal "e" del artículo 647 de la Ley Orgánica Para la Protección del N.....