Por los fundamentos de hecho y de Derecho antes expuestos, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA DE VENEZIUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. Admite totalmente la Acusación formulada por el Fiscal Decimosexto del Ministerio Público (Auxiliar) de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en contra del ciudadano CHARLOT ANTONIO BASABE, Venezolano, natural de Caja Seca Municipio Sucre del Estado Zulia, de 30 años de edad, F.N.: 11-04-1975, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 14.438.198, soltero, obrero, hijo de Luis Lizarzabal y de Berta Flor Basabe, y residenciado en la Población de Caja Seca, vía a Maria del Rosario, Caño El Padre, calle Principal, casa s/n, Municipio Sucre del Estado Zulia, por la presunta comisión del delito de: VIOLACIÓN, previsto y sancionado en el Artículo 374 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de la ciudadana MARCELINA ARANGO.....