DECISION
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ACUERDA otorgar al penado OSWALDO ENRIQUE BOZO BAEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad No. V-11.452.100, 36 año de edad, fecha de nacimiento: 26/02/68, mecánico, concubino, hijo Adán Antonio Páez (Df) y María Trinidad Bozo y domiciliado Puerto Escondido Calle La Muñeca, casa No. 21, Municipio Santa Rita del Estado Zulia, como formula alternativa de cumplimiento de pena la MEDIDA DE AUTORIZACIÓN PARA TRABAJAR FUERA DEL ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO (DESTACAMENTO DE TRABAJO) de conformidad con lo establecido en el artículo 67 de la Ley Régimen Penitenciaria.