DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos esta Sala N° 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado RICHARD JOSÉ ECHETO MAS Y RUBÍ, Defensor Público Vigésimo (20°) Penal Ordinario adscrito a la Unidad de la Defensoría Pública del Estado Zulia, en su carácter de defensor del ciudadano CARLOS JOSÉ FRANCO titular de la cedula de identidad N° V-23.893.204. SEGUNDO: CONFIRMA la decisión N° 717-2018, de fecha 16 de Septiembre del 2018, dictada por el Juzgado Decimo Estadal de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, mediante la cual el referido Órgano Jurisdiccional entre otros pronunciamientos decretó la medida de privación judicial preventiva de libertad, en contra del ciudadano CARLOS JOSÉ FRANCO, por la presunta comisión del del.....