-IV-
DISPOSITIVO
Por lo expuesto, este TRIBUNAL SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso contencioso administrativo de nulidad incoado por la sociedad mercantil ZULIANA DE PLÁSTICOS, C.A., contra el acto administrativo contenido en la providencia administrativa de fecha 10 de octubre del 2014 signada con el N° 0087-2014 mediante la cual modifica la certificación ocupacional N° 0087-2014 de fecha 19 de marzo del 2014. SEGUNDO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS, a la parte demandante dada la naturaleza del fallo.
La presente decisión fue dictada en el lapso legal correspondiente.-
PUBLÍQUESE. REGÍSTRESE.-
Déjese copia certificada por secretaría del presente fallo, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo pre.....