En consecuencia, por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA:
- En el juicio de DIVORCIO seguido por DILCIA JOSEFINA MENDEZ DIAZ contra EMERITO JOSE YSAMBERTT RINCON, Medida Preventiva de Embargo sobre: el cincuenta por ciento (50%) de las Prestaciones Sociales, que le pudieran corresponder al demandado, ciudadano EMERITO JOSE YSAMBERTT RINCON, antes identificado, por su relación laboral con la empresa INDUSTRIAL DEL ZULIA, C.A.,, en caso de retiro, despido, o por la causa que fuere; debiendo remitir estas cantidades en cheque de gerencia a la orden de este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el ordinal 3° del artículo 191 del Código Civil, en concordancia con los artículos 585 y 588 del Código de P.....