Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos antes señalados en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
La homologación del convenimiento celebrado en fecha doce (12) de noviembre de dos mil diez (2010), entre la parte actora, ciudadana LUZ MARINA GONZÁLEZ, representada por su apoderada judicial, ciudadana NORA BRACHO MONZANT, por una parte y por la otra, la ciudadana NELSIDA TIBISAY FLORES GONZÁLEZ, debidamente asistida por la profesional del derecho, ciudadana DUILIA ROJAS, plenamente identificadas en autos. Se da por consumado el acto y se procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.