...En virtud de la norma transcrita, aplicable al caso que nos ocupa, se impone para este Juzgado Superior en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARAR INADMISIBLE "in limine litis", la acción de amparo propuesta por los ciudadanos CARLOS ENRIQUE SÁNCHEZ MEDINA y MARITZA GUTIÉRREZ, identificados con las cédulas de identidad Números V-13.295.970 y V-15.554.572, respectivamente, venezolanos, mayores de edad y residenciados en la calle Doña Isabel, con calles Maneiro y Zamora, casa sin número de la ciudad de Porlamar, Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta, contra el Sub-arrendador, Alcalde del Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta y funcionarios de esa Alcaldía, antes identificados, por existir un medio procesal ordinario, breve y eficaz, para resolver las vías de hechos y/o actuaciones materiales denunciadas, como provenientes.....