DISPOSITIVO
Por los hechos y fundamentos legales antes expuestos, este TRIBUNAL DÉCIMO TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, y en ejercicio de la potestad cautelar reconocida al Órgano Jurisdiccional, en el Artículo 585 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA: SE NIEGA las medidas cautelares solicitadas previstas y sancionadas en el Artículo 588 ordinales 1° y 2º y último aparte de la Ley Adjetiva Civil, referidas a las Medidas Nominadas de a) Medida Preventiva de Embargo sobre las acciones que posee el ciudadano JOSE GERARDO LINARES BASTIDAS, de la Sociedad Mercantil demandada; b) Medida Preventiva de Embargo sobre los bienes muebles propiedad del ciudadano JOSE GERARDO LINARES BASTIDAS; c) Medida nominada de embargo preventivo sobre los bienes mueble.....