DECISIÓN
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, dejando a salvo los derechos de terceros conforme lo dispone el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara suficientes los derechos que tienen los ciudadanos JOSE ANTONIO BARBOZA LABARCA, MAYERLING BARBOZA MARIÑO y MARYORIE NOAN BARBOZA MARIÑO, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos V-2.737.459, V-12.217.338, y V-12.217.339, domiciliados en el municipio Maracaibo del estado Zulia, como Únicos y Universales Herederos del causante NOHEMY MARIÑO DE BARBOZA, quien en vida era venezolana por naturalización, titular de la cedula de identidad Nº V-11.292.957, y con domiciliado en el Mun.....