D E C I S I Ó N
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO DEL MUNICIPIO LA CAÑADA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
a) PERIMIDA LA INSTANCIA en la demanda por RESOLUCIÓN DE CONTRATO, incoada por el abogado en ejercicio JESÚS SARCOS MANZANERO, actuando como apoderado judicial del MERCANTIL, C.A., BANCO UNIVERSAL, en contra del ciudadano JOSÉ LUIS MORONTA AÑEZ, indicándole que no podrá intentar nuevamente la misma sin que hayan transcurrido los noventa (90) días a los que hace referencia el artículo 271 del Código de Procedimiento Civil.-
b) No hay costas de conformidad con lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil. -
Publíquese. Déjese copia certificada por Secretaría.-
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del JUZGADO DEL MUNICIPIO LA CAÑADA DE URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en.....