Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el ejercicio de sus facultades legales, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley, declara: 1) CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la profesional del derecho ROSSANA GÓMEZ SOTO, abogada en ejercicio, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte demandada, en contra del auto de admisión de pruebas de fecha ocho (08) de agosto de 2012, dictado por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Juicio para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, que conoce actualmente de la demanda intentada por el ciudadano EDGAR BENITO CHACIN PARRA, en contra de la Sociedad Mercantil BLINDADOS ZULIA OCCIDENTE C.A. 2) CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el profesional del derecho JOSE PEREZ PADILLA, abogado en ejercicio, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandante.