DISPOSITIVA.
Por todo los Razonamientos antes expuesto este Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial penal del Estado Monagas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, NIEGA LA FORMULA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA de DESTACAMENTO DE TARBAJO A QUE OPTA el Penado JOSE ANTONIO ESCALONA, Venezolano, Titular de la Cédula de Identidad Nº V. 16.926.954, natural Maracay Estado Aragua, nacido en fecha 05-09-84, de 22 años de edad, soltero, obrero, hijo de Lorenza Escalona (V) y de Bernardo Padilla (d), domiciliado en Calle Principal, Casa Nº 6, Barrio Campo Ayacucho, Maturín Estado Monagas, actualmente recluido en el Internado Judicial del Estado Monagas, por no encontrase llenos los extremos legales exigidos para el otorgamiento de la medida alternativa de cumplimiento de pena en referencia. Notifíquese la presente decisión, líbrese lo conducente. Cúmplase.
El Juez,
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