Se habilita el despacho a los fines de PRIMERO: REVISA Y MANTIENE LA MEDIDA LIBERTAD ASISTIDA que cumple el SANCIONADO IDENTIDAD OMITIDA, quien ha dado cumplimiento a la Medida Libertad asistida por el lapso de UN (01) AÑO TRES (03) MESES Y DOS (02) DÍAS, y le falta por cumplir de la Medida LIBERTAD ASISTIDA OCHO (08) MESES Y VEINTIOCHO (28) DÍAS. de conformidad con lo establecido en el artículo 647 literal "e" de la Ley Orgánica Para la protección del Niño Niña y del Adolescente. SEGUNDO: Se Revisa y Cesa por Total Cumplimiento la Medida Reglas de Conducta, de conformidad con lo establecido en el artículo 647 literal "h" de la Ley Orgánica Para la protección del Niño Niña y del Adolescente. TERCERO: SE ORDENA EL INICIO EN EL CUMPLIMIENTO de la medida SERVICIOS A LA COMUNIDAD.