DISPOSITIVA
Por las razones y los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Primero en funciones de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra las Mujeres del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: Se Decreta la Aprehensión en Flagrancia, según lo establecido en el Artículo 93 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el Artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de NEIBETH DEL CARMEN OCHOA ROMERO. SEGUNDO: SE DECLARA CON LUGAR MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, a favor del ciudadano: JONGRIS ANTONIO RODRIGUEZ ALBOR, suficientemente identificado, quien debe cumplir con la obligación establecida .....