DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: LA SUSPENSIÓN DE LA MEDIDA CAUTELAR DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, la medida cautelar decretada por este Juzgado en fecha cinco (5) de junio del 2017, y la cual recayó sobre: Un inmueble constituido por una casa -Quinta y terreno propio ubicada en la Av 3G, No.71-37, Jurisdicción de la Parroquia Olegario Villalobos de esta ciudad, compuesta por luna casa de habitación familiar con un área aproximada de ciento ochenta y dos metros cuadrado con dieciséis centímetros cuadrado (182,16 mts), distribuido en una construcción principal de dos plantas que consta en planta baja: porche, sala, comedor, cuarto y baño de servido y en su planta alta: hall de distribución, tres (3) dormitorios, dos.....