PRIMERO: SIN LUGAR LA APELACION interpuesta por la parte demandada recurrente sociedad mercantil BAKER HUGUES DE VENEZUELA, SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES, en contra de la decisión de fecha 18 de mayo de 2022 dictada por el Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, sede Maracaibo. SEGUNDO: SE CONFIRMA el fallo apelado, pero en razón de las motivaciones ampliamente expuestas en la presente. TERCERO: SE ORDENA a la Coordinación de Secretaria se proceda a la certificación de la causa para la celebración de la Audiencia Preliminar. CUARTO: SE CONDENA AL PAGO DE COSTAS PROCESALES a la parte demandada recurrente del presente recurso de apelación, de conformidad con el artículo 60 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Ofíciese al Tribunal Disciplinario del Colegio de Abogados del Estado Zulia, acompañando copia certificada de la presente decisión.