DISPOSITIVA
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO Que la COMPETENCIA para conocer y decidir la solicitud de AUTORIZACION DE SEPARACION TEMPORAL DE LA RESIDENCIA COMUN, presentada por el ciudadano RAFEJ HORACIO MAKLAD MAKLAD, corresponde al Tribunal Primero de Municipio ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta.
SEGUNDO: SE ORDENA remitir las presentes actuaciones al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, para que en conocimiento de lo aquí decidido proceda de inmediato a remitir las actas procesales al tribunal decl.....