III.- Por los fundamentos expuestos:
Éste TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS POR MUTUO CONSENTIMIENTO (CONVERSIÓN EN DIVORCIO) PROPUESTA POR LOS CIUDADANOS PETTER JOSEPH NUÑEZ LEIVA y ESTEFANI ODALIT SILVA MEDINA, quienes son venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad números 19.311.024 y 20.621.080, respectivamente, ambos domiciliados en el Municipio Cabimas, estado Zulia y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que ellos contrajeron el día veintinueve (29) de Septiembre del 2.011, por ante el Registro Civil de la Parroquia La Rosa del Municipio Cabimas, estado Zulia, bajo el número 55, Año 2.011.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA.
Dada, sellada y firmada en la sala del Despacho del.....