DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas Sección Adolescentes, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se califica la Flagrancia y se Ordena se siga el proceso por las normas del Procedimiento Ordinario, por ser legitima la aprehensión del Adolescente IDENTIDAD OMITIDA (plenamente identificados arriba), por la presunta comisión del delito de de los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA Y AMENAZAS, previsto el primero de ello en el articulo, 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujer a una Vida Libre de Violencia y el segundo 175 en su ultimo aparte del Código Penal en perjuicio de los Ciudadanos JAKELINE CONTRERAS Y MAURI AGUILERA, por estar lleno los extremos de los artículos 93, 94 Ley Orgánica sobre el derecho de las Mujeres a .....