En virtud de todo lo antes expuesto este Juzgado Primero de Ejecución, Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia En Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: REVISAR Y MANTENER LA MEDIDA SERVICIOS A LA COMUNIDAD POR SEIS (06) MESES al sancionado IDENTIDAD OMITIDA debido a que no hay constancia que el adolescente esté efectivamente cumpliendo el mismo, se insta al sancionado retomar o iniciar el cumplimiento de la medida, se ordena oficiar a la Junta Parroquial Santa Cruz, ubicado en la Cruz de la Paloma, a los fines que informe si el sancionado esta cumpliendo o no con la sanción. Impóngase del presente auto al sancionado para el día 29-07-2010 a las 9:30 a.m . Se fija la Próxima REVISIÓN para el día MIERCOLES 29 DE Septiembre de 2010. Notifíquese al Fiscal Décimo del Ministerio Público, y al Defensor Público Especializado. Oficiar y remitir copia Certificada a la Trabajadora Social Adscrit.....