III
DISPOSITIVO
En consecuencia, por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MACHIQUES DE PERIJÁ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO interpuesta por el ciudadano JOSE PASCUAL RIQUELME GIRALDO, mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad No. V-19.225.018, domiciliado en el municipio Machiques de Perijá del estado Zulia, por lo que, se ordena rectificar su partida de nacimiento insertada por ante el Registro Civil del Municipio Rosario de Perijá del Estado Zulia, con el No. 1.527 Libro 05 del año 1986, y del duplicado llevado por ante el Registro Civil Principal del Estado Zulia, en el sentido siguiente, en su asiento donde se omitió el número de identificación de ciudadanía colombiana de la progenitora ciudadana PAULA GIRALDO, el c.....