Por todos los fundamentos de hecho y de derecho, antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE, PRIMERO: Declara parcialmente con lugar la solicitud de entrega de vehículo presentada por el abogado ULADISLAO SEGUNDO BRACHO ROA, abogado en ejercicio, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil CRISTALES VENEZOLANOS, C.A. SEGUNDO: Se ordena la entrega en calidad de depósito de la Empresa Mercantil Cristales Venezolanos, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en fecha 22 de febrero de 1983, bajo el Nº 3, Tomo 6-A, domiciliada en Ureña, Estado Táchira, representada por su gerente, ciudadano JIMMY SINISTERRA OBREGON, el vehículo Placa, 71MSAL; SERIAL DE CARROCERIA, 8X9ST11347S030144;.....