Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos, este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en el juicio de COBRO DE BOLÍVARES (INTIMACIÓN) seguido por el ciudadano EDUARDO JAVIER ACOSTA ROJAS,, en contra de la ciudadana NAIKELY DEL VALLE HERRERA SARCOS, declara:
¿ SIN LUGAR, la actividad recursiva ejercida por la ciudadana NAIKELY DEL VALLE HERRERA SARCOS, contra la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de los Municipios Cabimas, Santa Rita y Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha 14 de mayo de 2012, y en consecuencia;
¿ Queda CONFIRMADO el fallo apelado en todos sus términos.
Se condena en costas a la parte demandada, de conformidad con lo establecido en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLIQUESE Y REGISTR.....