DECISIÓN
Este Juzgado Noveno de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA: MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO sobre bienes muebles propiedad de la demandada SOCIEDAD MERCANTIL INVERSIONES Y CONSTRUCCIONES JOSMIL, C.A, antes identificada, hasta cubrir la cantidad de NOVENTA MIL DOSCIENTOS CUARENTA BOLIVARES CON SESENTA Y NUEVE CÉNTIMOS (Bs. 90.240,69), cantidad ésta correspondiente al monto intimado mas un cincuenta por ciento (50%).
Se ordena librar exhorto y oficiar a la Unidad de Recepción y Distribución de documentos del Poder Judicial, con sede en Torre Mara a los fines de su distribución.
No hay condenatoria en costas debido a la naturaleza del fallo.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada por Secretaría de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, .....