Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la ley, declara HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO hecho por la abogada ZENIA MÉNDEZ REYES, con el carácter de actas, se le imparte la aprobación y judicial decreto y se pasa en autoridad de cosa juzgada, todo ello con motivo del juicio que por EJECUCIÓN DE HIPOTECA intentó BANESCO, BANCO UNIVERSAL, C.A. en contra de los ciudadanos AMILCAR ANTONIO ARRIETA MORÁN y COROMOTO ANTONIA PIÑERO REYES, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las cédulas de identidad números V-5.176.959 y V-7.844.256, domiciliados en esta ciudad de Cabimas, Estado Zulia.
Se suspende la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada en este juicio, para lo cual ofíciese en su oportunidad a la Oficina de Registros Inmobiliarios de los Munic.....